Tener intereses personales ante una situación es algo no sólo natural si no, bueno ya que nos impulsa a buscar un objetivo determinado; sin embargo, cuando se tienen intereses que conducen a ganancias secundarias en una situación donde la vida, salud e integridad de otra persona debieran ser los principales móviles resulta cuestionable desde la ética
Es frecuente que en un caso clínico, las personas busquen otros fines que pueden confundir e incluso disfrazar del bien del paciente; así, se pueden presentar los conflictos de interés que se dan cuando alguna de las partes involucradas quiere o desea un beneficio secundario a determinadas acciones. Es necesario aclarar que siempre son intencionales, es decir, la persona sabe o es fácil hacerle ver que en realidad está buscando un interés que le conviene a él o a ella en particular pero que, por ello, pueden estar desviando su juicio o su decisión del bien objetivo al que hay que dirigir todos los esfuerzos.
No hay que entender que tener conflictos de interés en el área clínica sea siempre malo, si se buscan ganancias que, además, traerán un beneficio hacia el paciente, estos se convierten en una herramienta que facilita llegar al éxito en el tratamiento siempre y cuando sepamos abordarlos adecuadamente.
Los conflictos de interés los pueden presentar el propio paciente, la familia, el médico o profesional de la salud o bien la institución. Pueden ser en relación a protocolos de investigación, requerimientos o deseos personales, escasez de recursos, etc. Así mismo, surgen bien sea ante la discrepancia en diagnósticos o tratamientos y pueden o no poner al paciente en algún riesgo de sufrir un daño. Por ello la importancia de establecer lineamientos éticos para su buen manejo en caso de presentarse.
Se aconsejan a continuación cuatro líneas de acción para tratar adecuadamente los conflictos de interés:
1.- Asegurar los intereses del paciente (el mejor y mayor interés del paciente).
Hay que recordar que lo primero y principal que debe guiar la toma de decisiones debe ser el bien del paciente aún con independencia de lo que éste pueda desear para sí mismo en caso de que solicite algo que no le ocasionará beneficios o lo pondrá en riesgos innecesarios.
2.- Hablar claramente sobre el conflicto de interés. Declarar cuando alguien tiene un conflicto de interés (personal, profesional, económico), ayuda a identificar posibles riesgos y valorar la objetividad de las decisiones tomadas. Además, es preciso que se mantenga al paciente informado de su participación en acciones en las que se buscan otros fines como lo es en un protocolo de investigación y que se cuente con su consentimiento.
3.- Proteger al paciente de cualquier daño o riesgo posible. Se deben valorar los riesgos o posibles daños que el conflicto de interés pudiera ocasionar y deberán suspenderse de inmediato aquellas acciones que lo generen aún habiendo contado con el consentimiento inicial. Ningún conflicto de interés, ni si quiera previamente declarado, deberá quedar por encima del bienestar, de la integridad y de la dignidad del paciente.
4.- Establecer reglamentos (límites) que prohíban determinadas acciones o situaciones en detrimento del paciente. Parte importante es la prevención, así, se establecerán acciones preventivas que orienten la actuación de los agentes involucrados en posibles conflictos de interés.
En conclusión, es necesario que se fomente la comunicación y el diálogo respetuoso y honesto entre todos los agentes involucrados en un caso clínico, que se legitimen sus derechos así como sus deseos e intereses pero nunca a costa del bienestar del paciente. El bioeticista clínico deberá, por ende, favorecer un clima en que se puedan tomar decisiones objetivas y que, en caso de haber conflictos de interés, se declaren y se evalúen en base a sus posibles consecuencias.
Autor: Dra. Ma. Elizabeth de los Rios Uriarte
Categoría: Bioética
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