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La Justicia y la Ley Natural
La Justicia y la Ley Natural

Por: Fernando Nañez Delgadillo

La justicia tiene su origen y fundamento en la ley de naturaleza, pues en la libertad absoluta del estado natural no existe lo justo o injusto, cuando los hombres entraron en sociedad haciendo el pacto o convenio de no agresión, entonces el cumplimiento de este pacto se llamó “lo justo” mientras que su incumplimiento se le determinó con el nombre de “lo injusto”.

And in this law of nature consisteth the fountain and original of justice. For where no covenant hath preceded, there hath no right been transferred, and every man has right to everything and consequently, no action can be unjust. But when a covenant is made, then to break it is unjust and the definition of injustice is no other than the not performance of covenant. And whatsoever is not unjust is just.

Sobre lo justo e injusto es necesario distinguir entre su atribución al hombre o a la acción de éste, la adecuación del estilo de vida de un hombre con la razón harán del hombre un hombre justo, sin embargo la adecuación o no adecuación de una acción particular con la razón harán a esa acción justa o injusta. La justicia de las acciones así mismo se dividen en dos: conmutativas y distributivas. Hobbes basándose en Aristóteles habla de estos dos tipos de justicia en donde la primera se fundamenta en la proporción aritmética y la segunda en la proporción geométrica, viendo una la virtud cualitativa y la otra cuantitativa.

La filosofía moral es la encargada de exponer la ley natural, pues esta se encuentra en el foro interno de todo hombre, esta ley es inmutable y eterna, pues es el principio mismo del fundamento de la sociedad, esta ley no es dada al hombre por la razón, pues esta solamente maquina teoremas para la propia conservación, además una ley tiene que ser decretada por una autoridad, siendo por tanto la única autoridad natural sobre el hombre: Dios.

The laws of nature are immutable and eternal; for injustice, ingratitude, arrogance, pride, iniquity, acception of persons, and the rest can never be made lawful. For it can never be that war shall preserve life, and peace destroy it.

El primer principio de la ley natural es la auto conservación de sí mismo, en efecto, este principio manda utilizar la propia libertad para preservar la vida y utilizar la razón para obtener por los medios más convenientes este fin. Esta ley natural es establecida por la razón, la cual manda obrar en favor de la vida y condenar todo lo que sea contraria a esta, por ello esta primera ley ordena la búsqueda de la paz, siendo necesario para lograr este fin emplear todos los medios necesarios para la conservación de esta. En esta primera ley se pone en manifiesto la tesis sobre la natural maldad del hombre, permitiendo todo lo que sea posible para preservar la propia vida, estableciendo una legítima defensa sin regulación de una medida justa a la posible agresión.

And consequently it is a precept, or general rule of reason: that every man ought to endeavour peace, as far as he has hope of obtaining it; and when he cannot obtain it, that he may seek and use all helps and advantages of war.

La segunda ley emana de la primera siendo esta la legitima asociación con otros hombres que busquen así mismo la paz y la defensa propia. En esta ley el hombre renuncia a su derecho de libertad originaria y absoluta, pues al entrar en sociedad se hace el primer contrato originario estableciéndose así la primera regla moral natural: trata a los demás como quieres ser tratado, por ende al renunciar todos los miembros de la comunidad a su libertad absoluta se comienza la regulación del comportamiento humano. Es necesario distinguir que en este punto el hombre no transfiere un derecho sino que renuncia a él, es decir que el individuo está obligado a cumplir su deber de no hacer la guerra a otros, es decir de cometer injusticia contra ellos, no porque ellos merezcan dicho trato, sino porque él mismo ha renunciado al ejercicio de su libertad absoluta, conservando sin embargo toda vía la capacidad de romper este convenio natural, pues el ejercicio de esta libertad absoluta es regulado pero no suprimido al entrar en la sociedad.

From this fundamental law of nature, by which men are commanded to endeavour peace, is derived this second law: that a man be willing, when others are so too, as far forth as for peace and defence of himself he shall think it necessary, to lay down this right to all things; and be contented with so much liberty against other men as he would allow other men against himself.

La tercera ley de la naturaleza es el paso lógico de la segunda, esta manda cumplir los convenios realizados con los hombres que entraron en sociedad, pues de lo contrario sería una ilusión la reunión en una sociedad por parte de los hombres pues estos seguirían en estado natural de guerra. La justicia por tanto no es otra cosa que cumplir las normas que el hombre aceptó libremente al entrar en sociedad para regular su conducta, todo incumplimiento con este pacto será la injusticia. Para que un convenio sea válido es necesario que no exista temor para su cumplimento de la otra parte, es aquí en donde nace la necesidad de un poder ordenador externo coactivo que vigile por el cumplimiento de este contrato: el Estado. Dado que al hacer un convenio se quiere el fin que se propone con dicho convenio, por tanto se acepta implícitamente los medios necesarios para el establecimiento de dicho fin.

From that law of nature by which we are obliged to transfer to another such rights as, being retained, hinder the peace of mankind, there followeth a third; which is this: that men perform their covenants made.

La cuarta ley de naturaleza Hobbes la ve en la justicia retributiva, en efecto la gratuidad del renunciar al propio derecho conlleva a que el otro me retribuya absteniéndose así mismo de su propio derecho, esto lo expone como una forma de gratitud, pues todo hombre da interesadamente para recibir algo a cambio, por ello sin esta justicia retributiva todo convenio carece de confianza y se volverá al Estado de naturaleza. El incumplimiento de esta justicia rompería la benevolencia de cualquier convenio haciendo imposible cualquier posible reconciliación entre los hombres.

And is the fourth law of nature, which may be conceived in this form: that a man which receiveth benefit from another of mere grace endeavour that he which giveth it have no reasonable cause to repent him of his good will.

La quinta ley natural es la empatía, es necesario para una buena convivencia social el que los integrantes de la comunidad puedan lograr una cierta forma de adaptación o comodidad en las cosas o normas superfluas que la convivencia social exige, así pues un hombre antisocial, intratable y obstinado en sus ideas contrarias a estas exigencias superfluas es mejor expulsarlo de la comunidad pues ello tarde o temprano conllevará al inicio de conflictos entre los hombres.

A fifth law of nature is complaisance; that is to say, that every man strive to accommodate himself to the rest.

La sexta ley natural es la del perdón, en efecto, cuando se ha garantizado ya para el futuro la auto conservación de los miembros de la comunidad, si un hombre ha cometido ofensas a los otros y arrepintiéndose pide sincero perdón garantizando este concretamente en el firme propósito o convenio de no cometer injurias en el futuro, se le debe ser concedido dicho perdón, de lo contrario sería una aversión contra la paz y una promoción de la guerra el negárselo.

A sixth law of nature is this: that upon caution of the future time, a man ought to pardon the offences past of them that, repenting, desire it.

La séptima ley natural está ligada a la retribución de las injurias o injusticias cometidas, retribuyendo estas por medio de la venganza, el punto clave de esta retribución no es una venganza encarnizada en donde se busque el daño por el daño al agresor, sino que tiene un sentido de correctivo ejemplar, empleándose únicamente cuando el agresor no muestra señales de arrepentimiento y por ende no pone las garantías para un cese a las hostilidades, de lo contrario la violencia traerá más violencia desembocando en una guerra sin fin, siendo el nombre de esta: la crueldad. La octava ley por tanto será no declararle odio a nadie.

A seventh is: that in revenges (that is, retribution of evil for evil), men look not at the greatness of the evil past, but the greatness of the good to follow.

La novena ley es la ley que defiende la igualdad entre los hombres, Hobbes hace una crítica al modelo propuesto por Aristóteles sobre los hombres libres y los esclavos, en efecto, dice Hobbes que por naturaleza ningún hombre es mejor que otro, lo que hace diferentes a los seres humanos son las leyes civiles, no las naturales. Los hombres no están destinados a mandar o servir como decía Aristóteles, sino que esto incluso va en contra de la razón y la experiencia puesto que los gobernados cuando se sublevan pueden gobernar a los gobernantes.

And therefore for the ninth law of nature, I put this: that every man acknowledge another for his equal by nature. The breach of this precept is pride.

La décima ley es la ley de la (pleonexia), es decir de una igualdad dada por la naturaleza a todos los hombres, por esta ninguno puede exigir para sí mismo lo que no le pueda así mismo ser atribuido a otros hombres, deseando más para sí de lo que en justicia le corresponde. La ley número once es la ley de la equidad, en donde como consecuencia lógica se prohíbe la arbitrariedad, originando así la imparcialidad en los juicios como condición de la justicia, de lo contrario la corrupción de esta ley de honestidad degenera en que los hombres al ver que la injusticia no es retribuida en equidad recurrirán por tanto al recurso de la guerra para la solución de sus conflictos.

On this law dependeth another: that at the entrance into conditions of peace, no man require to reserve to himself any right which he is not content should he reserved to every one of the rest.

La duodécima es la ley de la proporción, en donde todos tienen derecho al uso de las cosas comunes, este derecho es ilimitado cuando la propiedad es ilimitada, si la propiedad común es limitada su uso tendrá que ser proporcionado, pues todos tienen derecho a ella. En caso que esta propiedad no pueda ser de uso público, no divisible de tal forma que sea esta para todos, entonces la decimotercera ley impone el sorteo de la misma. Existen dos clases de sorteos, uno arbitral en donde las dos partes del conflicto compiten, determinando un juez de mutuo acuerdo para que este constate al vencedor, y otro natural que es por un lado la progenitura o así mismo la ley de la primera apropiación. Los agentes de paz (jueces) deben poseer salvoconductos cuando trabajen para una intercesión o mediación de la paz con el fin de terminar un conflicto, esto conlleva que es necesario la sumisión a un arbitrio común por parte de los agentes en conflicto, para asegurar la imparcialidad del veredicto es necesario que sea un tercero y no tenga ninguna ganancia de entre medio, este arbitro o juez podrá buscar en caso que no pueda fiarse de las partes a testigos del litigio para ayudarse a tomar la sentencia.

Bioética con enfoque a la violencia de género
Bioética con enfoque a la violencia de género

Empezaremos por mencionar la definición de género: El Diccionario de la Real Academia Española define «género» (del latín genusgeneris) como «conjunto de seres que tienen uno o varios caracteres comunes .

El género, por tanto, puede usarse tanto para definir a personas de sexo masculino como femenino. Por lo tanto actualmente género :”Son las diferencias entre hombres y mujeres que responden a una estructura cultural, social y psicológica y no a condiciones biológicas” la cual es muy radical y deja de lado la base biológica en lo que suele llamarse «femenino o masculino”.

La bioética «es el conjunto de conocimientos científicos que estudian la transformación tecnológica de la medicina y es, además, la respuesta racional a los problemas morales, políticos y sociales que plantean las formas de atención a la salud humana, con la única finalidad de producir beneficio en las intervenciones biomédicas». Actualmente su campo se ha ensanchado y relacionado con las humanidades y las ciencias psicológicas y sociales.

Por lo que la bioética consiste en un diálogo interdisciplinario entre ética y vida, entre filósofos humanistas y profesionales en salud que promueva un movimiento socio-cultural entre los ciudadanos.

Cuando hablamos de bioética es necesario tomar en cuenta conceptos claves fundamentales, como son la autonomía, el bienestar y la justicia.

Es importante y necesario hablar sobre la problemática, de género ya que por  mucho tiempo, ha existido la desigualdad entre hombre y mujer, donde esta última ha sido marginada  y colocada en un plano inferior en relación al hombre . En la actualidad, se esta trabajando en los conceptos de equidad de género y que se fomente el desarrollo de la mujer en todas las áreas.

Existe una gran desigualdad entre hombres y mujeres y estas muchas veces son reforzadas en el hogar, por instituciones sociales, jurídicas, religiosas y políticas. A la mujer se le ha subordinado y desvalorizado  teniendo menos oportunidades .

Las mujeres en nuestra sociedad padecen opresión de formas muy distintas, algunas basadas en  raza, etnia, orientación sexual y clase socioeconómica. Por lo que es necesario comprometerse en transformar la sociedad de tal manera que se elimine la opresión en todas sus expresiones.

El sexismo es evidente, por ejemplo la violencia y las  agresiones sexuales ejercidas contra las mujeres, lo cual tiene como consecuencia daños físicos y psicológicos Asimismo, la desventaja económica que las mujeres padecen en el ámbito laboral, en donde el salario promedio que ganan ellas es menor a dos terceras partes del salario promedio de un hombre, como en la adquisición de cargos laborales tanto legal, político, financiero, cultural y militar.

Para poder eliminar todo lo antes planteado es necesario analizar y actuar sobre los siguientes puntos tomando en cuenta la base de los principios de la bioética:

Respeto a la persona

  • Respeto a la vida de la mujer.
  • Defender su dignidad y su valor como persona.
  • Adoptar medidas legislativas que prohíban toda discriminación contra ella.
  • Eliminar prejuicios sobre su inferioridad.
  • Suprimir la trata de mujeres y la explotación de la prostitución.
  • Elección del cónyuge por libre albedrío y matrimonio con pleno consentimiento.
  • Defender los derechos de la mujer y facilitar su acceso a todos los niveles e instancias de toma de decisiones.
  • Defender su derecho a no ser sometida a tratos crueles o degradantes.

Beneficencia

  • Acceso a alimentación adecuada de acuerdo con los ciclos de vida y condiciones especiales como el embarazo.
  • Promover la prevención y un sistema oportuno y de calidad para el cuidado de la salud de la mujer.
  • Protegerla durante el embarazo, con atención médica e información sobre planificación familiar.
  • Prevenir y erradicar la violencia física, sexual y psicológica contra las mujeres.

Justicia

  • Igualdad de derechos, oportunidades y responsabilidades, fomentando la redistribución de roles, en los cuales las mujeres no sólo estén relegadas a lo privado mientras los hombres dominen en lo público.
  • Erradicar el analfabetismo y lograr el acceso equitativo y no discriminatorio a la educación.
  • Facilitar su acceso a puestos de responsabilidad que ofrezcan la posibilidad de inspirar las políticas de las naciones y promover soluciones innovadoras para los problemas económicos y sociales.

Conclusión

Al sentar las bases de una sociedad sobre los principios de la bioética, permitiremos  que las personas, de acuerdo con su género, se desarrollen en un ambiente armónico, equilibrando lo biológico, lo psicológico y lo social.

Bibliografía

http://kolectivoporoto.cl/wp-content/uploads/2015/11/Varios-Mujer-Mujeres-y-Bio%C3%A9tica.pdf

https://psicologiaymente.com/miscelanea/estructura-ensayo

http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0864-21252015000400011

Autor: Ricardo Soto Ladrón de Guevara

Supervivientes de un aborto
Supervivientes de un aborto

Los supervivientes del aborto son un grito profundo en favor de la justicia y de la vida, un reto que puede destruir los sofismas de los defensores de la mentalidad abortista.

Para quienes defienden el aborto para “tutelar” la libertad de elección de la mujer, pues sólo ella decide sobre su cuerpo y sobre la vida o la muerte de quien crece dentro de ella, el superviviente del aborto llega a convertirse en un “atentado”, una herida, que limita la libertad femenina.

La existencia de ese niño no era querida, no era amada, no era protegida. Tras un aborto fracasado, el superviviente dice a su madre y al mundo que es alguien, que necesita cariño, que vale por sí mismo, que ha logrado pasar la prueba de un proyecto asesino, que también él tiene derecho a elegir, a caminar en el mundo de los vivos.

Para quienes consideran que los médicos tienen un “deber” de realizar un aborto seguro y de calidad si una mujer lo pide dentro del respeto de las “leyes”, el superviviente de un aborto denuncia la impericia o el fracaso de un acto orientado a la muerte. Lo cual lleva al absurdo de pensar que fue “mal médico” quien no consiguió suprimir una vida humana, quien permitió el nacimiento de un niño no deseado, quien en muchos casos dejó cicatrices y heridas más o menos graves en un cuerpo indefenso.

La verdadera medicina, sin embargo, no busca la muerte de nadie ni pretende dañar en su cuerpo a seres humanos muy pequeños. En otras palabras, nunca será un “fracaso médico” el que un embrión o un feto haya sobrevivido al injusto y cruel acto que buscó acabar con su vida. El verdadero fracaso consiste, tristemente, en que sí haya abortos “seguros” y “bien hechos”, en que se use una ciencia destinada a servir la vida para provocar la muerte de un hijo desprotegido.

Para quienes piensan que el aborto sería justo simplemente por el hecho de haber sido autorizado a través de una votación del parlamento o de un referéndum popular, el superviviente de un aborto podría convertirse en un enemigo de la legalidad, un “error” de quienes no supieron respetar las leyes.

¿Es que la existencia de un niño puede ser considerada como una infracción, como un daño a un sistema jurídico, como la privación de un “derecho” de la mujer? ¿No será, más bien, que una sociedad está totalmente desquiciada cuando permite el aborto y promueve el que los médicos usen su saber contra la vida?

Los supervivientes del aborto son seres humanos tan dignos como tú y como yo. Su existencia, tal vez sus heridas, nos piden, nos suplican, nos empujan a trabajar decididamente por terminar con el aborto en todas sus formas.

Por respeto a ese niño, por deseo de ayudar a la madre en su vocación al amor, por sentido de justicia, buscaremos promover leyes y comportamientos solidarios, con hospitales y con médicos al servicio de la salud y de la vida del más indefenso: el ser humano antes del maravilloso día de su parto.

Fuente: Fernando Pascual